Lcda. Ana Contreras

Una reflexión sobre la soberanía alimentaria en el marco del proceso electoral

El tema de la erradicación de la desnutrición suele tomar protagonismo cada cuatro años en el marco de la campaña electoral para los cargos de elección popular tanto a nivel nacional como local. Algunas propuestas logran incluir elementos que teóricamente podrían contribuir a la superación de este flagelo, sin embargo, la mayoría quedan limitadas a documentos, programas y planes que en la práctica no logran tener un impacto real en la disminución del hambre.  Poco se escucha en estas propuestas sobre un enfoque que promueva el cumplimiento de las obligaciones nacionales e internacionales del Estado como portador de las obligaciones de respeto, garantía y protección del derecho a la alimentación y que esté basada en la concepción de las personas como sujetos plenos de derechos y no como beneficiarios de programas asistencialistas.  De hecho, la implementación de la mayoría de las políticas, programas y planes está orientada por una visión de la desnutrición como emergencia humanitaria en vez de promover la creación de condiciones para que las comunidades y los pueblos estén en capacidad de desarrollar los medios suficientes para asegurar su derecho a la alimentación en condiciones autónomas, dignas y de pertinencia cultural.

En este contexto, el concepto de soberanía alimentaria se vuelve central pues plantea el derecho de los pueblos a definir sus propias políticas y estrategias alimentarias incluyendo la producción, distribución y consumo de alimentos con base en su cultura y los sistemas propios de producción, comercialización y consumo de las comunidades, lo que implica no sólo generar sino priorizar todas aquellas condiciones propicias para la producción agrícola y el consumo local, asegurándose que en este proceso se respeten y dignifiquen tanto las condiciones de los pueblos como de las y los campesinos. Así, la idea de soberanía alimentaria está vinculada de manera directa al desarrollo rural y al derecho a la libre determinación de los pueblos.

Este concepto, propuesto en 1996 por Vía Campesina (Vía Campesina, 2003) fue paulatinamente adoptado por diversos órganos internacionales incluida la FAO y el Parlamento Latinoamericano que elaboró en 2012 una propuesta de Ley Marco sobre Derecho a la Alimentación, Seguridad y Soberanía Alimentaria para orientar a los Estados en la forma de regular este derecho (Parlamento Latinoamericano FAO, 2013). En América Latina, aunque solamente la Constitución Ecuatoriana contiene expresamente la obligación del Estado de promover la soberanía alimentaria (Carroza, 2022), algunas legislaciones incorporaron este concepto.  En el caso de Guatemala, la soberanía alimentaria está garantizada en el Artículo 4 literal c) de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional como uno de los principios sobre los cuales debe basarse la política de la materia. Sin embargo, el contenido de este artículo parece omitir algunos aspectos clave de la idea de soberanía alimentaria incluyendo el protagonismo de los pueblos indígenas y de sus sistemas y estrategias propios para asegurar la producción, comercialización y consumo local.

Tomando en cuenta estas ideas, bien vale la pena preguntarse si existe alguna propuesta de gobierno que impulse la idea de soberanía alimentaria como mecanismo para erradicar el hambre, la desnutrición y la malnutrición que aquejan al país, considerando que los enfoques asistencialistas y de emergencia humanitaria han sido insuficientes para atender estos flagelos.

Referencias:

Vía Campesina. (2003) ¿Qué significa soberanía alimentaria? https://viacampesina.org/es/quignifica-soberanalimentaria/ Visitado el 12 de mayo de 2023.

Grupo Transdisciplinario de Obesidad para Poblaciones – GTOP, Universidad de Chile (2022). Derecho a la alimentación: ¿Qué dicen las constituciones de América y el Caribe? Revista Chilena de Nutrición https://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0717-75182022000200226&script=sci_arttext#aff1

Parlamento Latinoamericano/FAO (2013) Ley Marco de Derecho a la Alimentación, Seguridad y Soberanía Alimentaria, Aprobada en la XVIII Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano 30 de noviembre al 1 de diciembre de 2012. https://www.fao.org/3/au351s/au351s.pdf

Congreso de la República de Guatemala (2005). Ley Marco de Seguridad Alimentaria y Nutricional, Decreto 32-2005.